Cambios fiscales 2017 requieren mayor cuidado de las empresas para evitar problemáticas: CONTPAQi®

 

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         Nómina Digital implica la cancelación y retimbrado de los CFDI de nómina para evitar duplicidades y posibles malos usos.

         Existen nuevos requisitos a cuidar en las empresas y de no hacerlo se correel riesgo de un incumplimiento.

Ciudad de México, marzo 22 de 2017. Este 2017 se perfila como un año con grandes cambios fiscales y digitales para las empresas. De no atenderlos con oportunidad, podrían verse rezagadas en su crecimiento y en un posible incumplimiento debido a la carga administrativa que pueden representar, opinó Eduardo Figueroa Pérez, Director General de CONTPAQi®.

 

 

Al asumir la Dirección General de CONTPAQi®, empresa mexicana en el desarrollo de software empresarial, el ejecutivo detalló varios de los cambios en materia fiscal y el impacto que pueden tener en las empresas; como la Nómina Digital, la versión 3.3 del Anexo 20, CFDI Complemento Recepción de Pagos y el nuevo esquema de cancelación de CFDI con aceptación del Receptor.

 

Para el caso de la Nómina Digital, informó, que este 1 de abril termina la facilidad de la autoridad para iniciar la emisión de los recibos de nómina con el complemento 1.2; el cual busca mejorar la calidad de la información recibida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por parte de los patrones contribuyentes.

 

Añadió que a través de dicho complemento se busca resolver problemáticas como:

 

  • Uso de números negativos
  • Campos opcionales
  • Necesidad de más detalle de información
  • Falta de catálogos en algunos campos
  • Eliminación de la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios
  • Incongruencias en la información

 

Pérez Figueroa comentó que las empresas deben estar listas a partir del 1 de abril para la emisión y timbrado de sus recibos de nómina con el Complemento 1.2; de no hacerlo enfrentan la problemática de no cumplir con la obligación entendiendo que hasta ahora la autoridad no ha anunciado la extensión de la facilidad que existe para la Nómina Digital.

 

Por otra parte, añadió, recordemos que esta facilidad permite continuar emitiendo los recibos de nómina el Complemento 1.1 únicamente durante los primeros 3 meses del año en curso. A partir del 1 de abril, informó, ese trimestre debe ser retimbrado con el Complemento 1.2 de acuerdo con las disposiciones de la autoridad: “Es importante que las empresas lo hagan con anticipación y cuidando la cancelación de los recibos emitidos con el 1.1 a fin de evitar una duplicidad y mal manejo de estos”, comentó.

 

 

Respecto a los cambios del Anexo 20, informó que entra en vigor una nueva versión, la 3.3, en donde la autoridad introduce áreas de mejora y ahora las facturas electrónicas contarán con información más precisa de las transacciones en el momento en que se están realizando, y se facilitará la Contabilidad Electrónica a partir de las mismas.

 

En ese sentido, mencionó se eliminan atributos del domicilio del receptor, sólo será necesario el RFC del receptor, se realizará el cálculo de impuestos por cada concepto, se generan nuevos catálogos y existirán reglas de validación.

 

“La cantidad de cambios son muchos y a detalle. Las empresas y su equipo de Contadores deben estar pendientes de cada uno de estos cambios y validaciones con el objetivo de dar cumplimiento exacto y evitar una posible sanción, multa o problemática por su incumplimiento”, expresó.

 

Por ejemplo, agregó, en el tema de Catálogo de Productos y Servicios (ClaveProdServ) ahora será requisito obligatorio especificar el tipo de producto o servicio que se factura en el comprobante digital correspondiente, conforme al concepto más adecuado de un catálogo de productos y servicios. De no hacerlo así, opinó, ya implica una problemática.

 

Adicionalmente, continúo, con el nuevo complemento CFDI Recepción de Pagos; el cual es un nuevo comprobante para comprobar uno o varios pagos realizados a una o más facturas, facilitar la conciliación de las facturas versus pagos y evitar la cancelación indebida de facturas pagadas. Su objetivo, dijo, ayudará a eliminar la duplicidad de ingresos en facturación de parcialidades y la emisión de CFDI en operaciones a crédito o pago diferido en las que el receptor no realiza el pago, pero sí la utiliza para deducir y acreditar impuestos.

 

Mas implica, comentó, en la mayoría de los casos, la emisión de más CFDI y por lo mismo una mayor carga administrativa para las empresas en la gestión de dichos comprobantes y por consecuencia una mayor carga de trabajo en los departamentos de Contabilidad de las empresas.

 

Finalmente, habló sobre el nuevo esquema de cancelación de CFDI con aceptación del Receptor que implica la aprobación del receptor (Modificaciones al Artículo 29-A, a partir del 1 de julio de 2017) para hacerlo, ya que la autoridad ha recibido denuncias de contribuyentes por cancelaciones arbitrarias por parte de sus respectivos proveedores.

 

Los contribuyentes, mencionó, deben cuidar que las peticiones de cancelación sean a través del Buzón Tributario y el receptor deberá a más tardar dentro de las 72 horas siguientes contadas a partir de la recepción de la solicitud de cancelación de CFDI, la aceptación o negación de la misma

 

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  • CONTPAQi® es una empresa mexicana con 33 años de experiencia en el desarrollo de software empresarial fácil y completo; en México cuenta con 930 mil usuarios y 3000 Distribuidores. http://www.contpaqi.com.

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